El plazo para acogerse a la regularización tributaria establecida por la Ley N.º 1733, de 27 de mayo de 2026, fue ampliado hasta el 31 de diciembre de 2026 mediante el Decreto Supremo N.º 5708, de 16 de septiembre de 2026.
La medida alcanza a la regularización de la situación tributaria de sujetos pasivos ante el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) y la Aduana Nacional (AN), en las condiciones establecidas por la Ley N.º 1733.
Para empresas, negocios y contribuyentes con obligaciones tributarias pendientes, la ampliación representa un plazo adicional para revisar su situación y determinar si sus obligaciones se encuentran comprendidas dentro del régimen antes de efectuar pagos o solicitar facilidades.
El plazo de regularización
La Ley N.º 1733 estableció originalmente un periodo de ciento veinte (120) días calendario para la regularización prevista en su artículo 3.
La propia Ley facultó al Órgano Ejecutivo a ampliar dicho plazo hasta el 31 de diciembre de 2026.
El Decreto Supremo N.º 5708 hace efectiva esa facultad y amplía el periodo de regularización hasta el 31 de diciembre de 2026.
Obligaciones comprendidas
De acuerdo con la normativa, la regularización alcanza a deudas tributarias correspondientes a periodos fiscales comprendidos desde el 1 de enero de 2018 hasta el 31 de diciembre de 2025, bajo las condiciones previstas por la Ley N.º 1733.
Alternativas de regularización
Pago al contado
Para las obligaciones alcanzadas, la Ley N.º 1733 contempla la regularización mediante el pago al contado del tributo omitido actualizado más el cincuenta por ciento (50%) del mantenimiento de valor.
Bajo las condiciones establecidas por la Ley, quedan condonados la diferencia del mantenimiento de valor, los intereses y las multas por delitos de defraudación tributaria o aduanera, contravención de omisión de pago e incumplimiento de deberes formales derivados del tributo regularizado.
Para una empresa o contribuyente, el análisis no debería limitarse al importe total que aparece como deuda.
Antes de efectuar el pago conviene identificar la composición de la obligación y verificar qué conceptos se encuentran efectivamente alcanzados por el régimen de regularización.
Facilidades de pago
Sí. La Ley N.º 1733 también contempla la posibilidad de regularizar mediante facilidades de pago de hasta treinta y seis (36) cuotas mensuales.
En esta modalidad, el tributo omitido se actualiza a la fecha de publicación de la Ley y quedan condonados los intereses y las multas señaladas por la normativa, bajo las condiciones establecidas para la regularización.
Esto permite que los contribuyentes que no opten por el pago al contado puedan evaluar una alternativa de regularización mediante facilidades de pago.
Diagnóstico previo
La ampliación hasta el 31 de diciembre de 2026 no debe interpretarse como una condonación automática de cualquier deuda tributaria.
Antes de acogerse al régimen resulta recomendable efectuar un diagnóstico que permita determinar:
- qué obligaciones permanecen pendientes;
- a qué periodos fiscales corresponden;
- cuáles se encuentran comprendidas dentro del régimen;
- cuál es la composición de cada deuda;
- qué conceptos pueden ser objeto de condonación;
- cuál sería el importe de regularización;
- si corresponde evaluar pago al contado o facilidades de pago; y
- si existen procesos, sanciones u otras circunstancias que requieran análisis particular.
Ejemplo práctico
Ordenar la información antes de decidir.
Supongamos que una empresa consulta su situación tributaria y encuentra varias obligaciones correspondientes a gestiones anteriores.
El análisis no debería comenzar simplemente pagando el importe que aparece como deuda.
Primero corresponde identificar:
Con esa información puede determinarse qué tratamiento corresponde y qué alternativa de regularización resulta aplicable.
Este diagnóstico adquiere especial importancia cuando existen varias obligaciones, diferentes periodos fiscales o procesos tributarios en distintos estados.
El Decreto Supremo N.º 5708 brinda un plazo adicional para acogerse a la regularización establecida por la Ley N.º 1733.
Para empresas y contribuyentes con obligaciones pendientes, el tiempo adicional también representa una oportunidad para revisar correctamente su situación tributaria antes de adoptar una decisión.
Evaluación tributaria
¿Tienes deudas tributarias pendientes?
En Winston Outsource International S.R.L. analizamos la situación tributaria de empresas y contribuyentes, identificamos las obligaciones pendientes y evaluamos las alternativas de regularización aplicables.
Solicitar evaluación tributaria ↗
Diagnóstico